Ley de reformas urgentes del trabajo autónomo

 

 

El Congreso de los Diputados aprobó el pasado mes de julio la Ley de Reformas Urgentes del Trabajo Autónomo. El texto ha sido ya recibido en el senado, que ha marcado como plazo inicial de aprobación el próximo 31 de octubre de 2017, casi un año desde que se presentara la proposición de Ley. Os señalamos las principales novedades que traerá esta Ley para el colectivo de trabajadores autónomos:

Deducciones:

  • Los autónomos que trabajen desde su domicilio podrán deducirse un 30% de los gastos de suministro (luz, agua, teléfono, etc). Es esta una novedad importante respecto a actual situación, donde el empresario debía poder justificar de forma especialmente complicada el gasto, mediante tarificadores separados. Con la presunción del 30% se simplifica mucho la gestión administrativa para acceder a la deducción, lo que sin duda es una buena medida.
  • Adicionalmente, los autónomos podrán deducirse hasta 26,67 euros en concepto de dietas y manutención, debidamente justificados por medios telemáticos (móviles, pago con tarjeta…). Esta cantidad se aumenta hasta 48,08 euros si el empresario autónomo reside en el extranjero.

Sistema de cotización y bonificaciones:

  • Los autónomos podrán cambiar hasta cuatro veces al año la base de cotización. Actualmente los trabajadores autónomos pueden variar su base de cotización únicamente dos veces al año (presentando la solicitud antes del 1 de mayo y antes del 1 de noviembre). Las nuevas fechas serán las siguientes:

Fecha de presentación de la solicitud

Fecha de efectos
1 de enero al 31 de marzo 1 de abril
1 de abril al 30 de junio 1 de julio
1 de julio al 30 de septiembre 1 de octubre
1 de octubre al 31 de diciembre 1 de enero

Esta medida introduce más flexibilidad respecto al sistema anterior, si bien no parece que vaya a tener a priori importantes efectos…

  • La tarifa plana de 50 € se amplía de 6 meses a un año. Además, los autónomos podrán acogerse a esta tarifa cuando hayan pasado dos años desde su anterior baja en autónomos (actualmente el plazo es de cinco años).
  • En relación a las exenciones, se establece una exención del 100% de la cuota para cuidado de menores o personas dependientes, hasta un máximo de un año. Sin duda es una medida muy positiva para la conciliación laboral y familiar, uno de los puntos más mejorables en la actual regulación de los empresarios autónomos.
  • Se establece un procedimiento de devolución de la cantidad cotizada por encima del máximo en el caso de pluriactividad. Actualmente, cuando un empresario autónomo cotizaba además en el régimen general y la cotización global superaba el máximo, tenía que hacer una solicitud expresa para que la Seguridad Social le devolviera las cuotas correspondientes.
  • Se establece el pago proporcional por días trabajados en el caso de altas y bajas. Actualmente el empresario autónomo abona la totalidad del mes, aunque se haya dado de alta el día 28 del mes y sólo hay permanecido en alta tres días.
  • En relación con los retrasos en los pagos a la Seguridad Social los recargos se reducen al 10% el primer mes de retraso (actualmente 20%). A partir de entonces el recargo sube al 20% (como actualmente).
  • Cada año se determinará en los presupuestos del Estado la base mínima de cotización, desvinculando por tanto las variaciones de la base mínima a las variaciones del SMI como está establecido actualmente.
  • Se reconoce a los empresarios autónomos la protección por accidentes in itinere, durante el desplazamiento al trabajo.

Pensión del autónomo empleador:

  • Actualmente, si un autónomo está en edad de jubilación y tiene un trabajado contratado, puede compaginar su actividad y mantener el 50% de la pensión correspondiente a la que tuviese derecho. La nueva norma prevé aumentar la compatibilidad al 100%.

Discapacidad:        

  • Se facilita la contratación a los hijos con discapacidad de los autónomos.
  • Se mejoran las condiciones de los propios autónomos con discapacidad.

Formación en materia de prevención de riesgos laborales:

  • Se prevé una mejora en este campo, además de facilitar el acceso a la formación en general de los trabajadores autónomos.

En Grupoasesores estamos a su disposición para aclarar cualquier duda o ampliar cualquier información.

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