El suministro inmediato de información del IVA (SII)

 

El 1 de julio entra en vigor el Suministro Inmediato de Información , un nuevo sistema de gestión del IVA que obligará a las empresas a presentar a la Agencia Tributaria de forma online las distintas facturas emitidas y recibidas, en un plazo de cuatro días hábiles.

En principio, este sistema afectará a 63.000 empresas obligadas actualmente a autoliquidar el IVA de forma mensual. En concreto, afectará inicialmente a las siguientes empresas:

  • Aquellas con un volumen de facturación superior a 6 millones de euros.
  • Aquellos sujetos pasivos inscritos en el Registro de Devolución Mensual de IVA (REDEME).
  • Aquellos sujetos pasivos acogidos al régimen especial del grupo de entidades del IVA.
  • Aquellas empresas que así lo soliciten de manera voluntaria.

Si bien desde la Administración Tributaria se insiste en que es un sistema que beneficiará a los contribuyentes, lo cierto es que es un giro copernicano en el control del IVA de las empresas en España por parte de Hacienda, ya que:

  • Obliga a las empresas a comunicar a Hacienda todas y cada una de las facturas emitidas y recibidas, en un plazo de 4 días desde su fecha de expedición o registro contable (en 2017 el plazo es de 7 días)
  • Supone que, de hecho, es Hacienda quien formará los libros de registros del IVA de las empresas, con la información suministrada por las propias empresas. Las empresas dejan de ser dueñas de su información de facturación, ya que la Administración Tributaria tendrá conocimiento, en tiempo prácticamente real, de qué cantidades factura cada empresa, a quién se le factura, cuándo se le factura y en qué concepto se le factura. Con posibilidades infinitas de cruce de información y comprobaciones fiscales.

Se elimina para los contribuyentes la obligación de presentar los modelos 347, 340 y 390… cuestión completamente lógica…¿para qué quiere Hacienda el resumen de las cantidades en concepto de IVA si ya conoce todas las facturas emitidas y recibidas por la empresa? Esa información la obtendrá Hacienda simplemente con una consulta a las bases de datos del SII. Además, no tendrá que esperar a final de año, como hasta ahora, sino que podrá realizar estas comprobaciones cuando considere conveniente, en cualquier momento, obteniendo por tanto la información con una inmediatez desconocida hasta ahora.

Para las empresas supone un reto muy importante en varios aspectos:

  • A  nivel de sistemas de información, tienen que estar perfectamente preparadas para poder realizar el envío a tiempo real a Hacienda de todas sus facturas.
  • A nivel de procesos internos, es necesario garantizar que la comunicación de las facturas se realiza a la Administración Tributaria en tiempo y forma, ya que si se producen retrasos u omisiones entramos en el espinoso y desagradable ámbito de las sanciones tributarias. Si se producen errores en las facturas se puede remitir de nuevo la información, pero siempre dentro del plazo de 4 días establecido. Los retrasos en la obligación de llevar los libros registro a través de la sede electrónica supone sanciones que van desde los 300 a los 6.000 euros.
  • Además, la información hay que enviarla a Hacienda con información distinta a la actualmente obligatoria. Básicamente, hay que suministrar información más rica y útil para que la Administración Tributaria pueda realizar un adecuado control de las empresas.
  • También es importante indicar que hay que enviar la información correspondiente a los seis primeros meses de 2017, salvo que la empresa inscrita en el Régimen de Devolución Mensual haya presentado el modelo 340 durante los seis primeros meses del año.

La Administración Tributaria indica que el nuevo sistema conllevará para el contribuyente la ventaja de la reducción de sus obligaciones formales. Sin embargo, la carga técnico-administrativa que le supondrá el nuevo sistema es proporcionalmente más gravosa que las ventajas que ofrece el sistema, al menos desde este punto de vista concreto. Sí que es cierto que el nuevo sistema, al aumentar el control de las empresas, reducirá las posibilidades de fraude fiscal a nivel global, lo que evidentemente redundará positivamente en el conjunto del sistema tributario a medio y largo plazo.

Dentro de no muy poco tiempo veremos que será Hacienda la que realizará un borrador de la declaración de IVA de los sujetos pasivos, como actualmente realiza con el IRPF. Al disponer Hacienda de todos los datos fiscales de los contribuyentes es sólo cuestión de tiempo. Y nuestra previsión es que este sistema de suministro inmediato de información se extienda a la totalidad de las empresas en un plazo más corto que largo…

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